Autora: Leura Dalla Riva
Traducción de Eduardo Camargo Olyntho de Arruda
“Ecología sin lucha de clases es jardinería” - Chico Mendes
Ante un enfoque crítico de la sostenibilidad en sus múltiples dimensiones, cabe preguntarse: ¿en qué medida los 17 objetivos de desarrollo sostenible de la ONU esconden una propuesta que satisface las necesidades del socioambientalismo del capital? Para contestar a esta pregunta, es necesario, en primer lugar, presentar la división propuesta por José Henrique de Faria (2014) sobre las teorías tradicionales de la sostenibilidad, en un intento de aproximación crítica a la noción de sostenibilidad que han desarrollado.
Según presenta el citado autor, la teoría tradicional de la sostenibilidad surgió con el concepto de sostenibilidad presentado en 1987 a través del Informe Brundtland de la ONU, conocido como documento “Nuestro Futuro Común”, que esbozaba un paradigma tripolar, centrado en la integración entre la economía, el medio ambiente y la sociedad, buscando la sostenibilidad a través de tres movimientos esenciales: la equidad social, la prudencia ecológica y la eficiencia económica. Este modelo de sostenibilidad se basaría en cuatro principios: el principio de la precaución, el principio preventivo, el principio compensatorio y el principio de quien contamina paga.
Una primera corriente sería la Teoria Clásica Tradicional, según la cual la propria presión por la competencia y crecimiento económico del mercado llevaría al uso racional y automático de las alternativas sostenibles y al progreso tecnológico (FARIA, 2014, p. 05). Es un paradigma que ganó gran atención del sector económico, pues muchos empresarios han asumido el “desarrollo sostenible” como herramienta para mejorar sus relaciones internas y externas y obtener ventajas en el mercado (FARIA, 2014, p. 03-04). En una línea similar, la Teoría Moderna Tradicional argumentaría que la internalización de los costes medioambientales (externalidades) y la introducción de estímulos en el mercado (como ayudas fiscales, etc). serían suficientes para lograr un tipo diferente de desarrollo que llevaría en cuenta los impactos medioambientales y sociales. Para el autor, tanto esta concepción Clásica Tradicional de la sostenibilidad como la concepción Moderna Tradicional proceden de una concepción económico-liberal del mercado.
La tercera corriente presentada por Faria es la Concepción Tradicional Ecológica-tecnocrática, que defiende la noción de sostenibilidad planificada, es decir, predica que “la superación de los problemas ambientales se persigue por medios gerenciales, desde una perspectiva tecnocratica generalmente basada en el centralismo del proceso decisorio, confinado a la capacidad técnica del planificador” (2014, p. 06).
Una cuarta corriente sería la Concepción Tradicional Biocéntrica y del Ambientalismo Radical que se resume en una visión holística de que todas las políticas y actividades sociales deberían ser subordinadas a los requisitos de sostenibilidad de la naturaleza, movimiento también conocido como “ecología profunda” (deep ecology). Además, “el enfoque del ambientalismo radical rechaza el consumismo predominante en las sociedades modernas buscando permitir la incusión de los objetivos de la satisfacción de las necesidades económicas básicas de la población y la justicia social” (2014, p. 07).
Por último, el autor presenta la Concepción Tradicional de la Política de Participación Popular que defiende que la participación popular es fundamental en la política medioambiental y para la elaboración de políticas públicas. Sería una oposición a las teorías ecocéntricas, “se basa en el supuesto de que el hombre y la sociedad deben estar en el centro de la atención y la reflexión, de ahí que se considere un enfoque sociológico del desarrollo sostenible” (2014, p. 07).
Un aspecto crítico de esta Teoría Tradicional podría visualizarse, según el autor, en los 17 objetivos de desarrollo sostenible de la ONU, es decir, en la llamada Agenda 21 (FARIA, 2014, p. 08):
[...] según el concepto de las Naciones Unidas (1992), el Desarrollo Sostenible debe ser un modelo económico, político, social, cultural y medioambiental equilibrado que satisfaga las necesidades de las generaciones actuales sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Este concepto se opondría al "estilo de desarrollo adoptado", que, en la evaluación de la Agenda 21, es ecológicamente depredador en su uso de los recursos naturales, socialmente perverso con la generación de pobreza y desigualdad social extrema, políticamente injusto con la concentración y abuso de poder, culturalmente alienado de sus propios valores y éticamente reprobable en su respeto a los derechos humanos y los de otras especies.
Este enfoque crítico de la Teoría Tradicional visualizado en los 17 ODS de la ONU no debe confundirse con la “Teoria Crítica de la Sostenibilidad” propuesta por Faria, o sea, no sería un enfoque verdadeiramente crítico, pues “la Teoría Crítica, como sugiere Adorno (1994), debe invertir contra las imágenes deformadas de la realidad que sirven a la función del poder, no dando voz a la realidad desordenada del capitalismo” (FARIA, 2014, p. 11). Así:
La Teoría Crítica pretende denunciar situaciones y fenómenos sociales partiendo de la constatación de que una sociedad sin explotación es la única alternativa para establecer las bases de la justicia, la libertad y la democracia. En este sentido, una sociedad sostenible no es sólo aquella que busca preservar las condiciones de la naturaleza y el medio ambiente dentro de los límites determinados por las necesidades de la producción y la reproducción del capital. También deben valorarse las condiciones de vida de quienes trabajan. [...] La Teoría Crítica de la Sostenibilidad debe basarse en la búsqueda incesante de las contradicciones sociales relegadas a un segundo plano por la teoría tradicional, buscando identificarlas con el objetivo esencial de comprender lo que esta teoría oculta o ideologiza. Esta teoría no se opone a las políticas, programas y medidas realmente orientadas a la sostenibilidad, sino que pretende señalar sus límites, problemas y contradicciones (FARIA, 2014, p. 11-12).
A partir de esta Teoría Crítica, Faria destaca las contradicciones y la ideología detrás de la Teoría Tradicional de la Sostenibilidad que, aunque en su sesgo crítico marcado por los 17 ODS de la Onu, “busca preservar la elaboración del producto o mercancía, pero no a su productor, el trabajador. El énfasis está en el proceso y no en los sujetos de este proceso”, es decir, “hace explícita la reproducción de los medios como si los medios fueran sólo materias primas o mercancías, pero incluye implicitamente la reproducción de la fuerza de trabajo para el capital” (FARIA, 2014, p. 15).
El hecho de no cuestionarse el proceso de acumulación y de reproducción del capital sugiere que la acumulación de riqueza no es cuestionada, siemmpre y cuando sea factible cierto grado de bienestar, es decir, la sostenibilidad presupone la acumulación de riqueza permeada por la ética capitalista de bienestar bajo las condiciones del sistema de capital [...] la ideología, el aparato institucional y las estructuras económicas, sociales, políticas y culturales están condicionadas por el modo de producción dominante, de modo que los criterios de justicia, imparcialidad e igualdad de derechos siguen los cánones del sistema de capital.
El autor aún destaca que la Teoría Tradicional indica que “los programas de sostenibilidad de las empresas deben permitir que ellas puedan obtener ‘ventajas en esta acción’ y que debe investirse contra la ‘decadencia social’. Todavía, “la necesidad de pagar por el “derecho” a contaminar, muchas veces promueve aún más el productivismo y la competencia por los recursos escasos, dejando a las empresas y naciones más ricas en una posición muy favorable en la competencia siempre más globalizada” (FARIA, 2014, p. 15).
En el mismo sentido, al abordar la cuestión de la regulación estatal de la actuación de las empresas, Joel Bakan (2008) sostiene que los empresarios adoptan responsabilidad oscial porque ella genera ventaja competitiva. Las empresas pueden, y deben, ser controladas, por lo menos en gran parte, por las regulaciones del mercado y no del gobierno. Las decisiones de compra de personas sobre productos y acciones deben tener, según estos modelos, un caráter político para servir de limitadores eficaces del interés público sobre el comportamiento empresarial. El autor aún argumenta que una de las premisas de la democracia es que toda persona tiene el mismo valor por ser ciudadano y tener derecho a voto. Transferir la regulación sobre las empresas del gobierno al mercado las protege de los efectos de la participación ciudadana en el proceso político y les permite que sean controladas por una institución en la que “un dólar- y no una persona - equivale a un voto” (Bakan, 2008).
Cuando este poder se transfiere al mercado, los modestos y los ricos quedan totalmente desiguales, es por eso que historicamente ha sido necesario regular los mercados. Decir que los consumidores son los reyes del nuevo capitalismo es ignorar que la mayor parte de la población mundial es demasiado pobre para participar en la economía de consumo. Además, es cuestionable suponer que los consumidores deciden qué comprar teniendo en cuenta los objetivos sociales y ambientales (BAKAN, 2008). Así siendo, por medio de esta concepción tradicional, no es la sostenibilidad que se persigue, sino las ventajas económicas y del mercado que pueden ser obtenidas a través de la implementación de algunas medidas “sostenibles”.
Partiendo de la Teoría Crítica, Faria (2014) argumenta que esta concepción de los 17 ODS de la ONU, que sostienen un “modelo económico, político, social, cultural y ambiental equilibrado”, no es más que “un modelo romántico del sistema de capital, en el que se supone que la lógica de la acumulación propria de este sistema cedería el paso al milagro de lla lógica de la justicia social igualitaria”. Por lo tanto, para esta versión crítica, no es el modo de producción capitalista que debe ser cuestionado, sino el “estilo de desarrollo adoptado” (FARIA, 2014, p. 18).
Esto significa que si se cambia y corrige el modo de desarrollo, sería posible erradicar la pobreza y la exclusión, respetar los derechos humanos y la integración social, desconcentrar las metrópolis, adoptar práticas agrícolas inteligentes y no agresivas para la salud humana y el medio ambiente, realizar una gestión forestal sostenible y promover una industrialización descentralizada, así como el respeto a los diferentes valores entre los pueblos, la compatibilidad entre los patrones de producción y consumo y la equidad en la distribución de la renta y la reducción de las diferencias sociales (FARIA, 2014, p. 18-19).
Sin embargo, Faria destaca las contradicciones y ilusiones de esta corriente, pues:
Erradicar la pobreza no significa una distribución equitativa de los ingresos producidos socialmente. Las prácticas agrícolas inteligentes no significan necesariamente prácticas sostenibles. La descentralización industrial no basta para resolver los daños al medio ambiente, a la salud y para preservar los recursos de la naturaleza, sobre todo en un momento en que las industrias operan en el marco de una reorganización global de la producción. El respeto de los valores no se corresponde directamente con la garantía de unas condiciones de vida humanas en la sociedad, sino sólo con la necesidad de observar y tolerar las diferencias. La compatibilidad entre producción y consumo no significa un modelo de producción que no esté impulsado por el proceso de acumulación privada (FARIA, 2014, p. 19).
Como bien destaca Layrargues, el movimiento ecologista en su origen “culpó al capitalismo, al gigantismo de las instituciones, al lucro, al industrialismo, al consumismo, al materialismo, al individualismo, a la competencia, a la jerarquía y sus sutiles formas de opresión y dominación, y a otros valores como los elementos responsables de la crisis ambiental contemporánea” (LAYRARGUES, 2003, p. 43), sin embargo, a lo largo de la segunda mitad del siglo XX, los problemas ambientales dejaron de ser vistos como “un dilema civilizacional del sistema capitalista” y pasaron a ser enmascarados por la idealogía burguesa dominante como un problema natural (puramente ecológico), separado de la dimensión social.
Según Layrargues (2003, p. 44), este movimiento fue provocado por la apropiación ideológica del ecologismo, que lo debilitó. Según el autor, esta apropiación se dio a través de dos estrategias principales: la primera fue la difusión de la noción de que la crisis ambiental es planetaria y, por lo tanto, todos los seres humanos son igualmente víctimas y responsables de los problemas enfrentados; la segunda es que, a partir de la primera, los seres humanos como especie pasan a ser considerados culpables de los problemas ambientales, sin consideración de sujetos sociales específicos en este proceso. Este discurso basado en la urgencia de una crisis medioambiental en la que todos son víctimas y responsables ha llevado a las personas a enfocar y priorizar esta cuestión como algo separado de los problemas sociales, dejando de lado cuestiones secundarias como las diferencias sociales y económicas entre los países y dentro de ellos.
A partir de estas estrategias, los conflictos sociales pasaron a ocupar los márgenes de la agenda política y, por lo tanto, se abandonó la concepción inicial del movimiento ambientalista de que los efectos colaterales del modo de producción capitalista son los que generan los desajustes osciales y ecológicos, lo que pone de manifiesto la infiltración hegemónica del pensamiento ambientalista.. Surgieron entonces concepciones como “Nuestro Futuro Común” y la noción de “Desarrollo Sostenible”, basados en la ilusión de que la humanidad como un todo es culpable y victima de la crisis ambiental, una agenda que prioriza claramente la visibilidad de los problemas ambientales globales y futuros por encima de losp roblemas socioambientales locales y presentes. Así, la figura del “hombre abstracto” omite las causas (sociales) de la crisis ambiental y se centra solo en los problemas ambinetales (LAYRARGUES, 2003, p. 45). Así:
La realidad de la cuestión ambiental como una cuestión de justicia distributiva que regula el acceso y uso desigual de los recursos naturales es sustituida por la idea de la cuestión ambiental como una cuestión técnico/cultural, donde la dimensión distributiva es suprimida por la idea del bien como patrimonio colectivo de la humanidad donde no hay disputa sobre la distribución equitativa de los beneficios y pérdidas de la generación de riqueza a partir de la naturaleza (LAYRARGUES, 2003, p. 45).
El autor concluye que los problemas ambientales pueden incluso amenazar a la humanidad en su conjunto, sin embargo, son los problemas locales y actuales los que afectan a sujetos concretos y ponen de manifiesto los conflictos sociales por el acceso a los recursos naturales, mostrando que "unos (los dominantes) son más responsables que otros (los dominados)" y también que "unos (los dominados) se ven más afectados que otros (los dominantes) por los riesgos ambientales" (2003, p. 45). Estos aspectos están vinculados hoy a los debates sobre justicia medioambiental y climática (Stoll, 2023).
También en este sentido, Foladori critica las nociones que ven la crisis ambiental como un problema de relaciones técnicas entre sociedad y naturaleza, pues “el problema de la crisis ambiental no debe plantearse en términos de sociedad humana enfrentada a límites físicos. Porque no existe tal ‘sociedad humana’ abstracta” (2001, p. 209). El mismo autor, después de analizar y criticar algunas corrientes ambientalistas que identifican la crisis ambiental como un problema técnico entre sociedad y naturaleza, concluye que “las relaciones capitalistas no están en consonancia con el desarrollo sostenible”, pues la crisis ambiental es esencialmente un problema de confgiuración de las relaciones sociales del modo de producción adoptado (FOLADORI, 2001, p. 210).
Por lo tanto, se puede concluir que, ante un enfoque crítico de la sostenibilidad en sus múltiples dimensiones, los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU esconden una propuesta que satisface las necesidades del socioambientalismo del capital. No obstante, cabe destacar que
En ningún momento queremos cuestionar la importancia de los procesos de desarrollo sostenible que promueven la sostenibilidad social basada en los criterios más modernos de empoderamiento y gobernanza. Estos mecanismos y las agencias que los promueven pueden conducir a mejoras locales con un alto impacto en la población. También son esenciales a efectos de derechos humanos, así como para resolver problemas localizados de hambre o enfermedades específicas. Sin embargo, actúan sobre las consecuencias de un proceso de diferenciación e injusticia social, producto de las relaciones capitalistas de mercado. Al no afectar a las propias relaciones de producción que generan la desigualdad, su actividad tiene un enfoque técnico y límites estructurales (FOLADORI, 2002, p. 112).
Este enfoque crítico del "desarrollo sostenible", por tanto, "no se opone a las políticas, programas y medidas que realmente persiguen la sostenibilidad, sino que pretende señalar sus límites, problemas y contradicciones" (FARIA, 2014, p. 13).
Referencias
BAKAN, Joel. The Corporation: The Pathological Quest for Profit and Power. Traducido por Camila Werner. Camila Werner. São Paulo: Novo Conceito Editora, 2008.
FOLADORI, Guillermo. Avances y límites de la sostenibilidad social. 2002. Disponible en <http://www.ipardes.pr.gov.br/ojs/index.php/revistaparanaense/article/view/214. Consultado el 14 de octubre de 2023.
FOLADORI, Guilhermo. Límites del desarrollo sostenible. Campinas: Editora Unicamp, 2001.
LAYRARGUES, Philippe Pomier. La naturaleza de la ideología y la ideología de la naturaleza: elementos para una sociología de la educación. Tesis (doctorado). Disponible en: http://www.educadores.diaadia.pr.gov.br/arquivos/File/2010/artigos _thesis/2010/Sociology/thesis/layrargues_philipp_pomier.pdf. Consultado el 14 de octubre de 2023.
STOLL, Sabrina Lehnen. Justicia climática: un camino hacia un futuro sostenible. Rupture. Disponible en: https://www.projetoruptura.org/post/justi%C3%A7a-clim%C3%A1tica-um-caminho-para-um-futuro-sustent%C3%A1vel. Consultado el 01 de nov. de 2023.
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